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Funciones

En el Reglamento de régimen de gobierno y servicio de las instituciones sanitarias (orden de 7 de julio de 1972, art. 73) se encuentran recogidas las funciones que corresponden tanto a los jefes de departamento, jefes de servicio, jefes de sección y médicos adjuntos.

 

Funciones de los médicos adjuntos (FEA)

 

 Realizar o supervisar las Historias Clínicas. Efectuar las exploraciones y asistir responsablemente a los enfermos que le sean asignados por su jefe de sección, servicio o departamento, lo mismo en cuanto a su atención directa como a la correcta actualización de los medios diagnósticos y terapéuticos que se les apliquen, dedicando al menos un 80% de su tiempo a este desempeño.

 Participar en las actividades programadas del servicio, o en su caso, del departamento, y en las de carácter obligatorio de la institución. Formar parte de la actividad de las áreas de Urgencias y Consultas Externas con la periodicidad que se señale por la dirección, de acuerdo con el Reglamento del Régimen interior.

 Colaborar en la actividad docente de las entidades acreditadas en la medida que se señale, tanto en cuanto a los médicos residentes como a los alumnos de la licenciatura, si existieran las condiciones a que se refiere el art.14 y al personal sanitario auxiliar.

 Participar en los programas de investigación del servicio, bien directamente o en colaboración de acuerdo con la autorización expresa de la Comisión de Investigación para cada uno de ellos.

 Formar parte de las Comisiones consultivas cuando así se señale en el Reglamento del Régimen Interior.

 

Funciones del Jefe de Sección

 

 Asistir responsablemente a los enfermos de la unidad clínica que tengan asignada, lo mismo en cuanto a su atención directa como a la correcta utilización de los medios diagnósticos y terapéuticos que se apliquen. El jefe de sección dedicará al menos un 60% del tiempo a labores asistenciales.

 Participar en las actividades programadas del servicio, en su caso, del Departamento, y en las de carácter obligatorio de la Institución.

 Informar al jefe de servicio sobre cualquier asunto de su área asignada, así como emitir los informes que se le soliciten.

 En las instituciones acreditadas, colaborar en la actividad docente en la medida que se señale, tanto en cuanto a los médicos residentes como a los alumnos en licenciatura, si existiera las condiciones a las que se refiere el art.14 y al personal sanitario auxiliar.

 Formar parte de las Comisiones Consultivas cuando así se señale en el Reglamento de Régimen Interior.

 Participar en los programas de investigación del servicio, bien directamente o en colaboración.

 

Funciones del Jefe de Servicio

 

 Ejercer la función rectora del Servicio. Coordinando la actividad profesional de las Secciones y Unidades Clínicas que lo integran, así como la utilización de los medios materiales.

 Asistir responsablemente a los enfermos del servicio, lo mismo en cuanto a su atención directa como a la correcta utilización de los medios diagnósticos y terapéuticos que se le apliquen, dedicando un 30% de su tiempo a la asistencia.

 Colaborar con la dirección de la Institución en el desarrollo de las actividades de las secciones y unidades clínicas del servicio directamente.

 Proponer a la dirección las medidas y medios precisos para el desarrollo de la labor asistencial en las áreas de Urgencias y Consultas externas directamente o en su caso a través del a jefatura del departamento.

 Participar en las reuniones generales periódicas de la institución, así como proponer las programaciones específicas de su servicio.

 En las instituciones acreditadas, intervenir activamente en la docencia, velando por el cumplimiento de las normas docentes en su Servicio.

 Informar a la Dirección, sobre cualquier asunto relacionado con el Servicio, emitiendo informes con la periodicidad que se soliciten.

 Informar los programas de investigación de su Servicio, bien directamente o a través de la Jefatura de Departamento para su estudio en la Comisión de Investigación.

 Proponer las variaciones de plantilla según las necesidades de su propio Servicio.

 Establecer, proponer y firmar el pacto de objetivos con la Dirección del Hospital. 

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